EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR No.048
Abril 23 de 2018
Documento:
EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR No 048.pdf
CONTRIBUYENTE: CONSORCIO HRC / REP. LEGAL ALBERTO SALGADO SOLANO C.C. 15.725.051
IDENTIFICACIÓN: 901139485-5
DIRECCION: CRA 4 N°27-48 P2 MONTERIA TEL.3002105766
IMPUESTO: Industria y Comercio
AÑO GRAVABLE: 2017
EXPEDIENTE: OM 2017 2018 048
El suscrito funcionario competente, en uso de las facultades legales otorgadas por los artículos 245, 276 y 277 del estatuto Tributario Municipal (acuerdo 205 de 2016), previa comprobación de los siguientes hechos:
1. Según información suministrada LA GOBERNACION DE CORDOBA pudimos determinar que por el año 2017 el contribuyente referenciado recibió ingresos por $10458149224 por la ejecución del contrato No 1033-2017 en nuestro municipio que lo convierte en sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio.
2. Revisados nuestros archivos, a la fecha no figura en nuestra base de datos declaración alguna presentada a nombre del contribuyente mencionado.
Por todo lo anterior,
SE EMPLAZA
Para que dentro del término de un (1) mes, contado a partir de la notificación del presente acto, cumpla con la obligación de presentar la declaración tributaria del impuesto de industria y comercio por el año gravable 2017 de conformidad con los artículos 299 del estatuto tributario municipal en concordancia con el artículo 715 del estatuto tributario nacional. De conformidad con los artículos 642 del estatuto tributario nacional si presenta la declaración dentro del plazo mencionado anteriormente, deberá liquidar y pagar la sanción por extemporaneidad por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al 10% del total del impuesto a cargo sin exceder del 200% del impuesto.
Cuando en la declaración no resulte impuesto a cargo, la sanción de extemporaneidad por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, será equivalente al 1% de los ingresos brutos recibidos por el declarante en el periodo objeto de declaración.
Vencido el término que otorga el presente emplazamiento sin que se hubiere presentado la declaración solicitada, la Secretaría de Hacienda procederá a aplicar la sanción por no declarar en los términos previstos en el artículo 232 del estatuto tributario municipal, la cual se propone en el presente acto así:
CONCEPTO | BASE | TARIFA | SANCION PROPUESTA |
Consignaciones bancarias | | | |
Ingresos brutos determinados. | 10458149224 | 20% | 2019630000 |
Ingresos brutos de la declaración renta | | | |
TOTAL SANCION | | | 2019630000 |
La respuesta al presente emplazamiento deberá dirigirla a la Secretaría de Hacienda municipal adjuntando a la misma fotocopia de la declaración presentada con la constancia del respectivo pago.
Notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del estatuto tributario municipal.
Original firmado
EDUARD JOSE REYES BARRETO
Secretario de Hacienda Municipal